A vuestra disposición, los compañeros de UGT tenemos fotocopias de un resumen de la ley de igualdad aprobada hace unos días, y en este artículo resaltaremos las más interesantes y\o explicaremos las menos claras.
· Permiso de paternidad: Este permiso podrá disfrutarse de forma ininterrumpida sólo por el padre, desde el momento del nacimiento, adopción o acogida hasta 13 días después de que finalice el permiso por maternidad de la madre. Para acogerse a este permiso, habrá que acudir a la seguridad social y rellenar unos formularios. Recordad que a estos 13 días hay que sumarle los 2 días que tenemos por convenio.
· Permiso retribuido por la empresa: En resumen, en toda intervención quirúrgica sin hospitalización, que precise reposo domiciliario, se podrá disfrutar de 2 días de permiso siempre y cuando, el intervenido quirúrgicamente sea un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad y se entregue a la empresa una copia del justificante médico donde se especifique que se requiere reposo domiciliario.
Si tenéis alguna que otra duda sobre el tema, podréis venir a preguntar e intentaremos clarificar vuestras inquietudes.
viernes, 19 de octubre de 2007
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